Por Oscar Andrés De Masi
Para
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14-XI-2016
La prensa impresa de alcance nacional
viene informando acerca del avance de la cesión de un predio para mudar el
Tiro Federal. Pero, en general, se
omite puntualizar que. recayendo en el inmueble de avenida del Libertador 7001,
una declaratoria como monumento histórico nacional, el art.3º incisos k)
y l) de la ley 27.103 modificadora de la ley 12.665, establece la intervención
previa y vinculante de la Comisión Nacional de Monumentos y Lugares Históricos,
cuando se trate de modificaciones en el estatus jurídico o de la condición
material de un bien tuteado en el citado marco normativo. No hemos conocido,
hasta ahora, la opinión de este organismo respecto del proyecto en cuestión que
afecta a un monumento nacional.
La declaratoria del Tiro Federal
Argentino en la máxima categoría patrimonial que prevé la normativa argentina
se instrumentó a través del Decreto PEN nº 1680/2005, a propuesta de la
Comisión Nacional de Monumentos, que por entonces presidía el Arq. Alberto
S. J. de Paula, acompañado en la vicepresidencia por el Arq. Juan Martín Repetto,
y que quien escribe estas lineas integraba como Asesor Legal. En la
declaratoria se destacaron los valores arquitectónicos de este edificio
emplazado en Nuñez, de lenguaje racionalista: tres volúmenes ubicados en un eje
que satisfacen las demandas administrativas, sociales y deportivas. En el año
1940 señaló, respecto del polígono de esta sede social, construido por la
Dirección de Ingenieros del Ministerio de Guerra, que era el edificio más
completo, en su género, en toda América del Sur,
Los vecinos de Buenos Aires apetecemos
tener más información acerca del destino que se piensa asignar a este monumento
y a su entorno, cuyos valores patrimoniales, presumiblemente, entran en tensión
con la ratio de su rentabilidad inmobiliaria…
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