El 2 de setiembre del corriente año, los
patrimonialistas e historiadores de la arquitectura de Buenos Aires, Julio
Cacciatore, Carlos Hilger y Oscar De Masi, elevaron una nota conjunta a la
Comisión Nacional de Monumentos, expresando su preocupación ante las
intervenciones en la materialidad de tres edificios con declaratoria
monumental. La nota dice:
Nos dirigimos a Ustedes en nuestro
carácter de historiadores y patrimonialistas especialmente dedicados a la
investigación e interpretación de los bienes situados en la C.A.B.A y sus
alrededores, con el objeto de expresar algunas inquietudes relativas a
situaciones de intervención material y de gestión de determinados edificios,
declarados monumentos históricos nacionales en el marco de la Ley 12.665 (y su
modificadora 27.103).
Dejamos aclarado que la presente no
reviste el carácter de denuncia, sino de simple aviso, en ejercicio del
derecho constitucional de peticionar ante las autoridades, y a efectos de que
la Comisión Nacional proceda administrativamente en el marco de las
competencias y responsabilidades que le asignan las normas antes citadas, a
efectos de tutelar en forma efectiva dichos edificios declarados y resguardar
sus valores de integridad y autenticidad, en beneficio de la identidad
comunitaria.
Los casos que motivan la presente son:
1. Edificio Barolo
En el caso del edificio Barolo, nuestra
inquietud se refiere tanto a los aspectos materiales como a los aspectos
inmateriales implicados en el guión narrativo que se ofrece en las visitas
guiadas.
Respecto de lo primero, se habrían
producido intervenciones en la materialidad del edificio declarado como
monumento histórico nacional que no contarían con el respectivo permiso de obra
municipal. Solicitamos a la Comisión Nacional, en el marco de sus competencias
legales, tenga a bien verificar esta situación.
Por otra parte, la utilización turística
y con destino a eventos de algunas terrazas, podría comprometer la seguridad de
los visitantes, toda vez que no responderían a los recaudos propios de la
habilitación municipal de tales sectores. A mayor abundamiento, es de público
conocimiento que ya han acaecido dos suicidios, desde aquellos sectores.
Asimismo, la aplicación de pinturas sobre
la envolvente exterior no resultaría acorde con el tratamiento patrimonial de
edificio declarado y las características de su revestimiento original.
En cuanto al guión que se ofrece en los
tours-guiados desarrollaría una serie de datos erróneos, que carecen de
validación en fuentes ciertas y legítimas y que vendría a postular, en suma,
una interpretación infundada y acrítica, en línea con hipótesis esotéricas y
espectaculares para consumo del main-stream. Tratándose de un monumento
nacional, tal situación afecta sin duda los componentes auténticos de
patrimonio inmaterial del bien declarado, del cual se espera un relato ajustado
a la máxima inerrancia histórica.
A título de colaboración y para mejor
ilustración de la Comisión, ofrecemos la siguiente referencia:
- HILGER, Carlos, y Fernandez, Roberto: Ficha
Inventario Edificio Barolo. CNMMyLH/Fondo Nacional de las Artes, en Archivo de
la Comisión Nacional de Monumentos, Lugares y Bienes Históricos.
-AA.VV: Los Palanti. Cedodal, Buenos Aires, 2015.
2. Edificio del ex Banco de Boston
Una de las características de la
envolvente exterior de este edificio es el empleo de piedras del tipo
"Indiana" hasta una altura de 17 metros, que fueron trasladadas y
aplicadas con gran pericia y cuidado. Por encima, se utilizó un revestimiento
artificial de piedra tipo Mar del Plata, molida, y cemento portland blanco
"Atlas", que lleva arriba un revoque rústico hecho de arena, portland
y ceresita. Este tipo de superficie pétrea o símil pétrea no es susceptible de
ser cubierto con capas de pintura superficial. Ahora bien, la intervención en
curso habría aplicado un revestimiento del tipo polímero, inadecuado desde el
punto de vista de la buena práctica patrimonial.
Para mejor ilustración de la Comisión
Nacional, ofrecemos la siguiente referencia:
-DE PAULA, Alberto S. J. (obra póstuma completada por
DE MASI, Oscar Andrés: La City de Buenos Aires: historia y arquitectura de la
zona bancaria. Buenos Aires, 2009.
-REVISTA DE ARQUITECTURA, Año X, Nº 46, Número
extraordinario dedicado al Banco de Boston, Octubre 1924.
3. Palacio Municipal de Lomas de
Zamora
En el caso de este edificio, declarado
monumento histórico nacional, persiste desde hace tiempo una situación de doble
intervención en su materialidad exterior, que desvirtúa sus rasgos de origen, a
saber: a) Aplicación de pintura de color gris-azulado a modo de bandas verticales
en la fachada, en contradicción con la tradicional paleta monocromática que,
consistente con el lenguaje racionalista empleado, dio motivo al `popular mote
de "Palacio Blanco", ya desde los tiempos de su inauguración, en
1938; b) Instalación de un parapeto en el remate de la torre-reloj, deformando
ante la vista la forma y las proporciones originales de este miembro del
edificio.
Hacemos presente a la Comisión Nacional
el antecedente administrativo de sus actos propios, oportunamente cursados a la
Intendencia de Lomas de Zamora y cuyas copias han de obrar en el archivo
institucional.
A título de colaboración, ofrecemos a la
Comisión Nacional, para mejor ilustración, algunas referencias relativas al
edificio en cuestión, su historia y sus características:
Referencias:
-La Unión de Lomas de Zamora. Anuario, 1947: El
Palacio Blanco de la Municipalidad.
-DE MASI, Oscar Andrés: Patrimonio monumental y
artístico declarado en Lomas de Zamora, en
"Lomas de Zamora: estancia, aldea, municipio, ciudad" BAPRO e IHM de Lomas de Zamora, 2011.
-DE MASI, Oscar Andrés: Patrimonio Monumental
declarado en el partido de Lomas de Zamora (el caso del Palacio Municipal y el
área de amortiguación visual). Revista del Instituto Histórico Municipal de
Lomas de Zamora, Nº 3, 2014.
-DE
MASI, Oscar Andrés: Palacio Municipal de Lomas de Zamora, monumento
racionalista. En colección "Patrimonio Argentino", Clarín, 2012.
Quedando al aguardo de la debida
intervención de la Comisión Nacional, en el marco de sus competencias derivadas
de la normativa vigente (leyes nacionales 12665 y 27103), saludamos a Usted y
al Cuerpo Colegiado con atenta consideración.
Arq. Julio Cacciatore
Arq. Carlos Hilger
Dr. Oscar Andrés De Masi
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